🛑 Cuota Alimentaria: ¿Hasta que edad se debe pagar? (No son los 18)

La pregunta más frecuente en Derecho de Familia es: ¿Hasta cuándo debo pagar la cuota alimentaria?
1. El Mínimo Obligatorio: Hasta los 21 Años
Aunque la mayoría de edad es a los 18 años, el Código Civil y Comercial de la Nación establece que la obligación de pagar alimentos a los hijos se extiende, por regla general, hasta que cumplen los 21 años.
Importante: La cuota no cesa automáticamente a los 18. Para que cese antes de los 21, el progenitor obligado debe probar judicialmente que el hijo/a ya cuenta con medios suficientes para mantenerse.
2. La Extensión por Estudios: Hasta los 25 Años
La ley permite una prórroga si se cumplen dos condiciones:
Estudio y Capacitación: El joven (entre 21 y 25 años) está estudiando o capacitándose en un oficio.
Impedimento Económico: Esa dedicación le impide proveerse de medios suficientes para su sustento.
⚠️ Atención: A partir de los 21 años, el joven es quien debe probar activamente ante el Juez que cumple con estos requisitos para que la obligación continúe. No es automático.
Conclusión
La edad límite no es un número fijo, sino una evaluación de la necesidad del hijo y la posibilidad del padre.
¿Tiene dudas sobre si la obligación en su caso continúa o debe cesar? Contáctenos para un asesoramiento legal preciso.